Sistema de Educación Superior
Universidades
Institutos Profesionales
Centros de Formación Técnica
Fuerzas armadas y de orden
Universidades

En el grupo de las 66 universidades pueden distinguirse dos categorías: 25 universidades tradicionales, que tienen financiamiento estatal, y 36 universidades privadas.

Las universidades privadas están bajo la supervisión del Estado en cuanto a su funcionamiento. Están liberadas de esta supervisión las instituciones que tienen autonomía plena. Al 30 de julio de 2002, son las siguientes: Universidad Gabriela Mistral, Universidad Central, Universidad Diego Portales, de las Américas, Universidad Finis Terrae, Universidad Mayor, del Desarrollo, Universidad Nacional Andrés Bello, Universidad Arcis, Universidad UNIACC, Universidad Academia de Humanismo Cristiano y Universidad Adolfo Ibáñez, Universidad de Viña del Mar, Universidad de La República, Universidad San Sebastián, Universidad de Los Andes, Universidad Mariano Egaña, Universidad Del Mar, Universidad Bolivariana, Universidad Bernardo O´higgins y Universidad Vicente Pérez Rosales.

Titulo


Corresponde exclusivamente a las universidades otorgar títulos profesionales respecto de los cuales la ley exige haber obtenido previamente el grado de licenciado en las carreras que impartan. (El título profesional de abogado lo entrega la Corte Suprema de Justicia).
El título profesional es el que obtiene un egresado de un instituto profesional o de una universidad que ha aprobado un programa de estudios cuyo nivel y contenido le confieren una formación general y científica necesaria para un adecuado desempeño profesional.
El grado de licenciado, universitario, es el que logra el alumno que ha aprobado un programa de estudios que comprende todos los aspectos esenciales de un área de conocimiento o de una disciplina determinada.

El grado de magíster, universitario, lo obtiene el alumno que ha aprobado un programa de estudios de profundización en una o más de las disciplinas del área específica de estudios. Para optar al grado de magíster se requiere el grado de licenciado o un título profesional cuyo nivel y contenido de estudios sean equivalentes a los necesarios para obtener el grado de licenciado.

El grado de doctor es el máximo que puede otorgar una universidad. Se confiere al alumno que ha obtenido un grado de licenciado o magíster en la respectiva disciplina, que ha aprobado un programa superior de estudios y de investigación. Acredita capacidad y conocimientos para efectuar investigaciones originales.


Carreras exclusivamente universitarias

De acuerdo con lo dispuesto por la ley, las siguientes son carreras que requieren la obtención del grado de licenciado, previo al título profesional correspondiente y sólo pueden ser impartidas por las universidades:

  • Abogado
  • Bioquímico
  • Ingeniero Agrónomo
  • Ingeniero Comercial
  • Médico Cirujano
  • Periodista
  • Químico Farmacéutico
  • Profesor de Ed. Media, en las asignaturas científico - humanistas
  • Educador de Párvulos
  • Profesor de Ed. Básica
  • Profesor de Ed. Diferencial
  • Arquitecto
  • Cirujano Dentista
  • Ingeniero Civil
  • Ingeniero Forestal
  • Médico Veterinario
  • Psicólogo
Institutos Profesionales

Los institutos profesionales, todos privados (algo más de 50), están facultados para impartir carreras profesionales y técnicas, pero no pueden ofrecer las carreras que son exclusivamente universitarias. Las carreras profesionales, que otorgan títulos profesionales pueden durar entre 8 y 10 semestres.

Tampoco pueden impartir programas de licenciatura, magíster o doctorado.

Todos los institutos profesionales son privados, y están sometidos a supervisión del Estado en cuanto a su funcionamiento. También pueden alcanzar plena autonomía al cumplir los requisitos que establece la ley. Al 30 de julio de 2002 son autónomos: I.P. Inacap, I.P. Campus, I.P. del Valle Central, I.P. Adventista, I.P. Duoc-l, I. P. Latinoamericano de Comercio Exterior, I.P. Dr. Virginio Gómez, I.P. La Araucana, I.P, ARCOS e I.P. de Providencia, I.P. Diego Portales, I.P. Santo Tomás, I.P. San Bartolomé de La Serena, I.P. AIEP, I.P. Inca-Cea, e ,I.P. Esucomex.


Títulos

El título profesional es el que obtiene un egresado de un instituto profesional o de una universidad que ha aprobado un programa de estudios cuyo nivel y contenido le confieren una formación general y científica necesaria para un adecuado desempeño profesional.

Centros de Formación Técnica


Los Centros de Formación Técnica (alrededor de 120) sólo pueden ofrecer carreras técnicas, que duran entre 4 y 6 semestres y conducen a un título técnico de nivel superior.

Todos los centros de formación técnica son privados y están bajo la supervisión del Ministerio de Educación. Hasta julio de 2002 tenían autonomía: C.F.T. INACAP; C.F.T. ICCE (Instituto Central de Capacitación Educacional); C.F.T. Simón Bolívar; C.F.T. Andrés Bello y C.F.T. Duoc-UC.


Títulos

Los establecimientos de educación superior, reconocidos oficialmente, otorgarán títulos técnicos de nivel superior, títulos profesionales y grados académicos, según corresponda.

El título de técnico de nivel superior se otorga a un egresado de un centro de formación técnica o de un instituto profesional que ha aprobado una programa de estudios que le confiere la capacidad y conocimientos necesarios para desempeñarse en una especialidad de apoyo a nivel profesional.

Fuerzas Armadas, Carabineros e Investigaciones

La ley establece que determinadas Academias de Guerra y Politécnicas, la Academia Nacional de Estudios Políticos y Estratégicos, las Escuelas e Institutos de las FF.AA., las Escuelas Matrices de las FF. AA., Carabineros e Investigaciones, podrán otorgar, además de títulos profesionales, grados académicos de licenciado, magíster y doctor en los ámbitos inherentes a su quehacer profesional.